Existen cierto tipo de trámites que a veces requieren presentar comprobantes de domicilio. Es decir, un tipo de documento que especifique la dirección dónde vives actualmente.
En su mayoría pueden ser para finiquitar asuntos legales o bancarios. Pero, normalmente con hacerlo una sola vez, bastará.
Pero, ¿Qué ocurre si cambio de domicilio? ¿Un recibo de luz será suficiente como comprobante de domicilio? A estas y muchas otras preguntas daremos respuesta en este artículo… continua leyendo.
¿Cuáles son los comprobantes de domicilio más comunes que puedes presentar ante cualquier trámite?
Existen papeles básicos que puedes tener incluso en casa. Los cuales, funcionan perfecto como comprobantes de tu domicilio ante cualquier trámite. La finalidad de este tipo de documentos es poder ubicarte en una dirección física en caso de ser necesario.
Entre los comprobantes de domicilio más comunes que puedes adjuntar en la presentación de tus trámites fiscales. Puedes colocar cualquiera de los siguientes:
- Estado de cuenta a nombre del contribuyente: este tendría que ser emitido directamente por una entidad bancaria o cualquier institución del sistema financiero. Este documento no puede tener más de 4 meses de antigüedad y sin tachaduras o enmiendas. Así mismo no es necesario tampoco que lo exhibas pagado.
- Último recibo de cualquier servicio: con esto nos referimos a la luz, televisión paga, gas, Internet, agua o teléfono. Este comprobante tiene que estar a nombre del contribuyente obligatoriamente. Y, al igual que el anterior, no puede contar con más de cuatro meses de emitido y debe ser entregado sin borrones o algún tipo de enmienda.
- Último recibo del impuesto predial: también debe estar a nombre del contribuyente y no tener una antigüedad mayor a los cuatro meses. Debido a que este es un impuesto que se paga anual no es necesario que el portador lo exhiba pagado.
- Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Algunos contratos que también funcionan como comprobante de domicilio
También tienes la posibilidad de presentar algunos contratos que tengas en tu poder como comprobante de domicilio. Acá abajo te mencionamos cuales son los aceptados por los diferentes organismos.
- De arrendamiento o subarrendamiento: este tipo de contratos tienen que estar, de forma obligatoria, por el contribuyente o arrendador. El mismo debe estar inscrito en el RFC y si es persona física en el Régimen de Arrendamiento. Cuando se trate de este caso, el contrato de arrendamiento tiene que cumplir con ciertas disposiciones legales tales como la firma y nombre legible de ambas partes, así como también el objeto del contrato y las clausulas.
- Prestación de servicios a nombre del contribuyente: este documento debe incluir el uso de un espacio u oficina de trabajo, con la suscripción de un plazo no menor a seis meses. Todo acompañado de un recibo de pago del inmueble, que cumple con todos los requisitos fiscales correspondientes.
- Fideicomiso que esté formalizado ante un Fedatario Público.
- Apertura de cuenta bancaria: esta debe estar suscrita por el contribuyente y la misma no debe tener una antigüedad mayor a dos meses.
Poderes notariales aceptados en la presentación de trámites fiscales
Los poderes notariales, no todos, también funcionan como soporte en caso de que se te soliciten como requisito ante cualquier trámite de índole legal. En la siguiente lista te damos una serie de ideas de cuáles son los correctos.
- Poder general para actos de administración: este poder puede otorgar al apoderado, toda clase de facultades administrativas. Las cuales, son admisibles para cualquier trámite ante el SAT. Este poder no aplica en el caso de ofrecer garantías o sustituirlas, tampoco para designar bienes o embargarlos. De igual forma, queda sin oficio en los trámites de liquidación inicial o total del activo.
- Poder general para pleitos y cobranzas: es un conferido, sin limitación alguna, para realizar cualquier clase de gestión de cobro. Siempre y cuando no implique un acto de dominio o de administración. Este tipo de poder funciona para atender problemas a nombre de un poderante. Conforme las disposiciones fiscales y con la finalidad de defender algún interés jurídico, pero no aplica para trámites en el RFC.
- Poder general para actos de dominio: aplica para realizar cualquier tipo de trámite fiscal. Incluso aquellos que involucren actos jurídicos, que deban realizarse con los poderes para actos de administración de bienes o cobranzas.
- Otros poderes especiales: son todos aquellos documentos que se otorgan para limitar las facultades de los apoderados. Es decir, se consignan las limitaciones.
Documentos permitidos como comprobante de domicilio para inscripción en el RFC
Cuando se trata de la inscripción en el RFC de una persona moral, las autoridades fiscales tienen el deber de aceptar como comprobante de domicilio, los estados de cuenta que proporcionan las diferentes instituciones del sistema financiero.
Así como también el último recibo de luz, agua o teléfono. Al igual que los contratos laborales por prestación de servicios, apreturas de cuentas bancarias o cualquier documento que se encuentre a nombre de uno de los socios en el alquiler de un local.
Estos documentos deben cumplir con los requisitos mínimos establecidos en la ley para que puedan ser tomados como válidos y sirvan de comprobante de domicilio. Más importante aún, no venzan del plazo estipulado de vigencia.
¿La credencial para votar funciona como comprobante de domicilio?
La credencial para poder votar en la ciudad de México es expedida por el INE o Instituto Nacional Electoral. Es un documento que todo ciudadano debe tener vigente para poder ejercer este derecho.
Solo las personas contribuyentes o asalariadas sin ninguna actividad económica pueden gozar de esta práctica funcionalidad. Usar la credencial para votar como documento mediante el cual se compruebe su domicilio o lugar de residencia.
En resumen, cualquier documento de índole legal que contenga al menos los datos básicos necesarios para un trámite, sirve perfectamente como comprobante de domicilio fiscal.
Como ya lo mencionamos, los más sencillos y comunes son aquellos que vienen con el pago de los servicios básicos del hogar. La finalidad con la que las organizaciones solicitan este tipo de comprobantes, es tener la certeza de que vives en una dirección específica.
Así que con los recibos más sencillos como agua, gas, luz o electricidad, debería ser más que suficiente.